Qué normas regulan una refacturación o un expediente de fraude eléctrico
Las que de verdad se aplican a tu caso, con lo que dice cada una y para qué te sirve. Con aviso de lo que ha quedado derogado, que es la parte que más problemas da.
Las normas que se aplican a tu caso
| Norma | Qué dice | Para qué te sirve |
|---|---|---|
| RD 88/2026 | Lectura, facturación y reclamaciones del suministro. En vigor desde 2026 | Fija cuánto atrás pueden refacturarte: 10 meses o un año según el contrato (arts. 44.4 y 45.2). Y que tu reclamación se entiende desestimada por silencio a los 15 días hábiles (art. 55.3) |
| Ley 24/2013, del Sector Eléctrico | El marco general del sector | Que no pueden cortarte antes de dos meses desde el requerimiento fehaciente (art. 52.3), que tras pagar reponen en 24 horas (art. 52.5), y que la presunción de veracidad es solo para funcionarios con condición de agente de la autoridad (arts. 61.1 y 61.5) |
| RD 1955/2000 | Transporte, distribución, comercialización y suministro | De dónde sale la facturación subsidiaria cuando no hay criterio objetivo: potencia × 6 h/día × 1 año (art. 87). Los plazos de respuesta a tu reclamación: 5 o 15 días hábiles (art. 103.2.D). Y la indemnización automática si los incumplen (art. 105.6) |
| Art. 255 del Código Penal | Defraudación de fluido eléctrico | Que hace falta alteración maliciosa, no un contador que aparezca alterado. Es delito leve y prescribe al año |
| Código Civil | Prescripción | Que la vía civil tiene su propio plazo de cinco años (art. 1964.2), y que cada reclamación extrajudicial lo interrumpe (art. 1973) |
| RD 1718/2012 | Lectura y facturación en baja tensión hasta 15 kW | El procedimiento que tenían que haber seguido para leer y facturar tu suministro |
| Orden ECO/797/2002 | Medida y control de la continuidad del suministro | El procedimiento de verificación de los equipos de medida |
| Ley 39/2015 | Procedimiento administrativo común | Sus plazos de alegaciones solo se activan si quien incoa el expediente es la Administración. Si te lo abre la distribuidora, no aplican |
Cuidado con el artículo 96.2 del RD 1955/2000
derogadoEl artículo 96.2 del RD 1955/2000 está derogado desde el 12 de febrero de 2026. Era la referencia clásica sobre plazos de refacturación y sigue apareciendo en artículos, foros y escritos de reclamación. Si un texto se apoya en él para decirte cuánto atrás pueden refacturarte, ese texto está desactualizado: lo que se aplica hoy son los artículos 44.4 y 45.2 del RD 88/2026.
Qué dice cada una en la práctica
Cuánto atrás pueden refacturarte
Desde el 12 de junio de 2026 el límite es de 10 meses o de un año según el tipo de contrato (arts. 44.4 y 45.2 del RD 88/2026). Antes se citaba el art. 96.2 del RD 1955/2000, hoy derogado. Lo explicamos largo en reclamar una refacturación.
Qué valor tiene el acta
La Ley 24/2013 reserva la presunción de veracidad a los funcionarios públicos con condición de agente de la autoridad (art. 61.1), y solo respecto de los hechos constatados directamente (art. 61.5). Un técnico de la distribuidora no lo es. Lo explicamos largo en te acusan de fraude eléctrico.
Cuándo pueden cortarte y en cuánto reponen
Dos meses desde el requerimiento fehaciente (art. 52.3 Ley 24/2013). Reposición en 24 horas desde el pago (art. 52.5). Desconexión inmediata solo en enganche directo o riesgo para personas o cosas (art. 52.6). Lo explicamos largo en qué hacer si te cortan la luz.
Qué plazos tienen ellos para contestarte
Cinco días hábiles si tu potencia es inferior a 15 kW, quince el resto (art. 103.2.D RD 1955/2000). Si lo incumplen, corresponde una indemnización automática del mayor de 30,05 € o el 10 % de la primera facturación completa (art. 105.6). Lo explicamos largo en cómo reclamamos.
Actualizado a agosto de 2026.
